Dos principios importantes y trascedentes reconocidos en la Constitución General de la República son, sin duda, el de división de poderes, que implica que, no pueden reunirse dos o más de estos en una sola persona, ni depositarse el Legislativo en un individuo.
Así como el de autonomía e independencia judicial, que significa que no debe existir injerencia de los otros poderes en los asuntos sometidos a consideración y resolución del Poder Judicial Federal.
De acuerdo con nuestro sistema constitucional, se prevén diversos medios de defensa (Juicio de Amparo, Controversia Constitucional y Acción de Inconstitucionalidad), con la finalidad de que, por una parte, se garanticen los derechos humanos de las y los mexicanos.
Y, por otra parte, se respete estrictamente la supremacía constitucional, esto es, que no exista ningún acto o norma de carácter general por encima de ésta, así como que no se invadan las esferas competenciales de un poder a otro, de un nivel de gobierno a otro.